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Universal Music Group y Sony Music Entertainment presentaron una demanda contra la empresa matriz de Bang Energy, Vital Pharmaceuticals, el año pasado por supuestamente usar su canción sin permiso en anuncios de redes sociales.


Un juez de Florida dictaminó en julio que Bang había infringido los derechos de autor de UMG al usar la música del sello en promociones de redes sociales sin permiso.


El veredicto en el caso de Sony Music contra Bang Energy se ha publicado esta semana.


El tribunal de Florida del que MBW obtuvo la medida cautelar "otorgó en parte y denegó en parte" la moción de Sony Music de sentencia parcial el 14 de septiembre.


En agosto de 2021, SME había presentado cargos penales contra Bang en los tribunales. En abril de 2021, Universal también comenzó a presentar denuncias formales.


Sony Music Entertainment (SME) presentó una demanda contra Vital Pharmaceuticals en octubre de 2021 por presuntamente infringir los derechos de autor de Sony Music en relación con Gymshark, un fabricante de ropa deportiva con sede en el Reino Unido, debido al uso de Gymshark de grabaciones con derechos de autor en comerciales en plataformas como TikTok y Instagram.


La sentencia se publicó la semana pasada y establece que los demandados en la acción más reciente, Bang Energy, "habían publicado al mismo tiempo al menos 286 videos que comprenden las grabaciones en cuestión" en varias cuentas de redes sociales, incluidas TikTok, Instagram, YouTube, Facebook y Triller.


El documento continúa diciendo: "No hay licencias de los Demandantes a los Demandados para usar comercialmente las grabaciones".


Además, "no hay permisos de los Demandantes para ninguno de los edificios que permitirían que los consumidores de cualquiera de las estructuras dejen de utilizar las grabaciones con fines comerciales".


Según una "Orden Ómnibus" presentada esta semana en un tribunal de Florida y firmada por el juez de distrito de los EE. UU. William Dimitrouleas, Bang vendió más de cien millones de unidades de sus bebidas energéticas y generó más de mil millones de dólares en ingresos brutos desde 2017. Esto convierte a Bang en el tercer mayor fabricante de bebidas fuertes de venta en los Estados Unidos.


Según la publicación, "el éxito de Bang está respaldado por el uso de sus estrategias publicitarias que atraen a sus consumidores" y la empresa gasta "decenas de miles de dólares al año en su promoción a través de las redes sociales".


Puede leer el documento completo aquí, en el que la sala del tribunal explica su decisión de conceder la Moción de Sony Music para un juicio sumario parcial en cuanto al 'Cargo I', sobre "la cuestión de la responsabilidad en sus reclamos hacia los Demandados por infracción directa". Esto se refiere a videos publicados directamente por Bang en sus canales personales.


La orden establece que Bang "no niega que hayan publicado de inmediato unas 264 películas utilizando partes de las obras protegidas por derechos de autor de los Demandantes" con respecto a la primera reclamación de infracción directa.


Si bien Bang cuestionó la "prueba de violación directa con apreciación de 22 de alrededor de 286 videos" de Sony, hicieron todo lo posible para hacerlo.


La compañía de bebidas dijo que 22 de los videos eran "remixes, comprenden un tempo único, son cantados por un artista distinto del artista en la obra única que produjo el Demandante, ya no forman parte del video subido, son de duración muy rápida, y/o son irreconocibles en el video".


Como señaló el tribunal, "sobre la base de lo anterior, es indiscutible que los Demandados publicaron a la vez alrededor de 286 películas en las redes sociales haciendo uso de partes de las obras con derechos de autor de los Demandantes, obras que ni los Demandados ni las estructuras de las redes sociales tienen licencia para usar con fines comerciales". propósitos", el caso de la defensa se consideró insuficiente.


Sony afirma que Bang es responsable "de la infracción indirecta y/o indirecta de los derechos de autor" cuando los influencers suben videos a sus plataformas que usan música de Sony (recuento II).


El Tribunal abordó cada uno de estos a su vez, y finalmente dictaminó que Sony tiene derecho a un juicio sumario "en cuanto al problema de la responsabilidad legal en sus reclamos contra Bang por infracción vicaria, pero ya no tiene derecho a un juicio sumario en cuanto al problema de la responsabilidad legal. sobre sus reclamaciones contra Bang por infracción contributiva".


En el último reclamo, relativo a la "infracción contributiva", Sony alegó que Bang es "responsable de la infracción contributiva de los derechos de autor debido al hecho de que los datos indiscutibles muestran que Bang sabía o tenía motivos para estar al tanto de las infracciones de los Influencers y, de hecho, contribuyó materialmente a las infracciones de los Influencers".


Sin embargo, Bang Energy declaró, "que el conocimiento de las películas ahora no es lo mismo que el conocimiento de la infracción y hay evidencia de la cual un jurado sensato debería inferir que Bang creía razonablemente que el uso de los Influyentes de las obras protegidas por derechos de autor de los Demandantes fue una vez no ilegal."


El tribunal estuvo de acuerdo con la posición de Sony y, por lo tanto, decidió dejar de dictar sentencia sumaria por infracción concurrente.


Para los reclamos de "infracción vicaria" de Sony contra Bang, por los cuales Sony recibió un juicio sumario, el tribunal declaró: "La infracción vicaria requiere que cada uno obtenga un beneficio económico directo de la infracción directa".


ingement y el 'derecho y potencial para supervisar una celebración responsable de la infracción directa.


Según Bang, Sony "no presentó evidencia que tendiera a establecer que los Demandados tienen algún tipo de derecho penal, aparte de mi propia competencia sensata, para prohibir a las personas influyentes que distribuyan los videos supuestamente infractores".


El tribunal rechazó esta afirmación sobre la base de "hechos de tela indiscutibles". "Es evidente a partir de la evidencia que Bang obtuvo una ventaja económica directa de la violación", agregó el juez.


La moción de Bang Energy para un juicio sumario fue finalmente desestimada por el tribunal. Sony "no puede establecer daños adecuados ni una relación causal entre la infracción y las ganancias de Bang y, en consecuencia, que los demandantes no pueden cobrar mejores daños" en virtud de la ley de derechos de autor, en contra de las afirmaciones de Bang en su juicio personal.


Sony ha "proporcionado pruebas suficientes de una conexión causal entre la infracción y las ganancias de Bang para vivir de la sentencia precisa", según el tribunal.


Continuó diciendo: "Los acusados ​​tendrían más derecho a argumentar ante el jurado en el juicio que estos ingresos son atribuibles a diferentes causas". Además, los Demandados no han citado ninguna autoridad que requiera que los Demandantes proporcionen un testigo experto en causalidad para que el Tribunal emita un juicio sumario, y el Tribunal no tiene conocimiento de tal autoridad.


Por lo tanto, "Bang no ha demostrado que no haya una disputa genuina de la realidad de la tela en cuanto a los daños reales o la causalidad", y se debe negar el juicio sumario.


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